miércoles, 13 de abril de 2011

INSTRUMENTOS ECONOMICOS

Las ventajas de los instrumentos económicos son varias: el costo efectividad que permite alcanzar objetivos de manera menos costosa, al igualar el cargo o impuesto con los costos marginales de abatimiento; el ajuste automático, los niveles de emisión se ajustan automáticamente al impuesto o precio fijados; contienen intrínseco el principio ‘el que contamina paga’, de tal manera que los contaminadores se hagan cargo del daño ambiental que generan; reditúan en beneficios ambientales y económicos (doble dividendo), pues los ingresos se pueden utilizar para la conservación o mantenimiento de los recursos naturales, al mismo tiempo que modifican conductas que deterioran el ambiente, y; permiten integrar los aspectos ambientales en políticas sectoriales (Barde y Braathen, 2002; 62 y 63).
La política ambiental en nuestro país se ha sostenido en mayor proporción en los instrumentos de carácter normativo, también conocidos como “de comando y control”; la distinción entre normativos y económicos radica en que los segundos ofrecen un potencial recaudatorio, el cual puede tener un destino extra presupuestal. Si consideramos que los impuestos ambientales gravan determinadas actividades que impactan negativamente el ambiente. Entonces, se podría pensar que los recursos recaudados con motivo de esas actividades deberían tener ese “destino” o fin, con objetivos a corto, mediano y largo plazo. En el corto plazo se persigue disminuir el consumo o utilización de los bienes o servicios que causan mayor daño al ambiente; en el mediano y largo plazo se fomenta el cambio a tecnologías limpias, que posibiliten el crecimiento económico y al mismo tiempo reduzcan el deterioro ambiental.
Podemos resumir que los instrumentos económicos son tanto normativos como administrativos. Comprenden una gama amplia de figuras legales como: tarifas ambientales, impuestos ecológicos, subvenciones, derechos, licencias negociables, flexibilización normativa, depósitos reembolsables y pago de derechos para el uso y aprovechamiento de recursos naturales (casi siempre de acceso abierto). En éste último caso las modalidades de aplicación parten de diversas estrategias, según se trate de incentivar o inhibir determinadas conductas. primero, la dificultad técnica de determinar con certeza los costos del desarrollo de las actividades; el segundo, tiene que ver con los costes sociales o políticos de imponer una nueva carga o tributación fiscal. Por estas razones, es importante que la carga, derecho o impuesto, se fijen en un nivel adecuado. Tanto para alcanzar los objetivos ambientales, como para modificar las conductas; un impuesto demasiado bajo de su costo real no ayudará a corregir la distorsión de las fallas del mercado (externalidades negativas), mientras que uno demasiado alto sustituirá una distorsión por otra. Los criterios que pueden guiar la creación de figuras tributarias son la eficacia ambiental, la eficiencia económica, la incidencia distributiva y la viabilidad práctica para su implementación, operación y seguimiento. La aplicación adecuada de los instrumentos económicos presupone la existencia de mercados que funcionan razonablemente bien y la presencia de precios no distorsionados por subsidios.

1 comentario:

  1. los instrumenotos economicos son tanto normativos como administrativos. comprenden desde tarifas ambientales, impuestos ecologicos, subvenciones, derechos licencias negociables, flexibilizacion normativa. es importante que la carga, derecho o impuesto se fijen a un nivel adecuado.La aplicacion adecuada de los instrumentos economicos presupone la existencia de mercados que funcionan razonablemente bien.

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